Garantía
1. GARANTÍA LIMITADA: Sujeta a las limitaciones de la Sección 2 de este documento y a menos que se especifique
expresamente lo contrario, Rosemount Analytical, Inc. (“El Vendedor”) garantiza que el firmware ejecutará las instrucciones
de programación provistas por el Vendedor, y que los productos fabricados o los servicios prestados por el Vendedor no
presentarán defectos en los materiales ni en la mano de obra en condiciones de uso y cuidado normales hasta la caducidad
del período de garantía correspondiente. Los bienes están garantizados por doce (12) meses a partir de la fecha de
instalación inicial o dieciocho (18) meses a partir de la fecha de envío por el Vendedor, el período que venza primero. Los
Insumos y Servicios están garantizados por un período de 90 días a partir de la fecha del envío o de finalización de los
Servicios. Los productos comprados por el Vendedor a terceros para revender al Comprador ("Productos de reventa") solo
llevarán la garantía extendida por el fabricante original. El Comprador acepta que el Vendedor no tiene ninguna
responsabilidad por los Productos de reventa más allá que el de realizar un esfuerzo comercial razonable para planificar la
adquisición y el envío de los mencionados productos. Si el Comprador encuentra algún defecto cubierto por la garantía y
notifica esta situación al Vendedor por escrito durante el período de vigencia de la garantía, el Vendedor debe, a su
exclusivo criterio, corregir cualquiera de los errores que el Vendedor encuentre en el firmware o los Servicios, reparar o
reemplazar en el punto F.O.B. de fabricación esa porción del Bien o del firmware hallada por el Vendedor como defectuosa,
o bien devolver el valor del precio de compra de la porción defectuosa del Bien o Servicio. Todos los reemplazos o
reparaciones que se necesiten por mantenimiento inadecuado, uso y desgaste normales, fuentes de energía o condiciones
ambientales inadecuadas, accidentes, mal uso, instalación, modificación o reparación incorrectas, uso de partes de
repuesto, almacenamiento o manipulación no autorizados, o cualquier otra causa que no sea culpa del Vendedor, no
estarán cubiertos por este garantía limitada y deberán ser afrontados por el Comprador. El Vendedor no está obligado a
pagar ningún coste o cargo en que haya incurrido el Comprador o cualquier otra parte, excepto si se ha acordado por escrito
y con anterioridad con un representante autorizado del Vendedor. Todos los costes de desmantelamiento, reinstalación y
transporte, y el tiempo y los viáticos del personal y los representantes del Vendedor por viajes a plantas y diagnósticos en
virtud de esta cláusula de garantía, deben correr por cuenta del Comprador a menos que el Vendedor los acepte por escrito.
Los Bienes reparados y las partes reemplazadas durante el período de garantía permanecerán en garantía por lo que reste
del período original o por noventa (90) días, cualquiera sea el periodo más largo. Esta garantía limitada es la única garantía
otorgada por el Vendedor y puede ser enmendada solo por escrito y si es firmada por un representante autorizado del
Vendedor. A menos que se especifique expresamente lo contrario, NO EXISTEN REPRESENTACIONES O GARANTÍAS DE
NINGUNA CLASE, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, EN LO QUE SE REFIERE A LA COMERCIABILIDAD, ADAPTABILIDAD A UN FIN
DETERMINADO O A ALGUNA OTRA CAUSA CON RESPECTO A CUALQUIER BIEN O SERVICIO. Se entiende que nuestra
garantía no cubre la corrosión o erosión de los materiales.
2. LIMITACIÓN DE RECURSOS Y RESPONSABILIDAD: EL VENDEDOR NO SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS CAUSADOS POR
DEMORAS EN EL RENDIMIENTO. EL ÚNICO Y EXCLUSIVO RECURSO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DE LA GARANTÍA EN
LO SUCESIVO SE LIMITARÁ A LA REPARACIÓN, CORRECCIÓN, REEMPLAZO O REEMBOLSO DEL PRECIO DE COMPRA SEGÚN
LA CLÁUSULA DE GARANTÍA LIMITADA DE LA SECCIÓN 1 DE ESTE DOCUMENTO. EN NINGÚN CASO, INDEPENDIENTEMENTE
DE LA FORMA DE LA RECLAMACIÓN O DE UNA CAUSA JUDICIAL (YA SEA COMO RESULTADO DE UN CONTRATO,
INFRACCIÓN, NEGLIGENCIA, RESPONSABILIDAD CIVIL, ILÍCITO CIVIL O BAJO OTRAS CIRCUNSTANCIAS), LA
RESPONSABILIDAD DEL VENDEDOR CON EL COMPRADOR Y/O SUS CLIENTES EXCEDERÁ EL PRECIO QUE HAYA PAGADO EL
COMPRADOR POR LOS BIENES ESPECÍFICOS FABRICADOS O LOS SERVICIOS PROPORCIONADOS POR EL VENDEDOR QUE
PROVOCARON DICHA RECLAMACIÓN O CAUSA JUDICIAL. EL COMPRADOR ACEPTA QUE EN NINGÚN CASO LA
RESPONSABILIDAD DEL VENDEDOR CON EL COMPRADOR Y/O SUS CLIENTES SE EXTENDERÁ PARA INCLUIR LOS DAÑOS
INCIDENTALES, RESULTANTES O PUNITIVOS. EL TÉRMINO “DAÑOS RESULTANTES” INCLUIRÁ, PERO NO SE LIMITARÁ A, LA
PÉRDIDA DE GANANCIAS ANTICIPADAS, LA PÉRDIDA DEL USO, LA PÉRDIDA DEL INGRESO Y EL COSTO DEL CAPITAL.