ADVERTENCIAS GENERALES PARA LA SEGURIDAD
El presente manual de instalación se dirige exclusivamente
a personal profesionalmente competente. La instalación,
las conexiones eléctricas y los ajustes se tienen que realizar
observando la Buena Técnica y de acuerdo con las normas
vigentes. Leer atentamente las instrucciones antes de empe-
zar la instalación del producto. Una mala instalación puede
ser fuente de peligro. Los materiales del embalaje (plástico,
poliestireno, etc.) no se tienen que dispersar en el ambiente, ni
dejar al alcance de los niños porque son potenciales fuentes de
peligro. Antes de empezar la instalación comprobar la integridad
del producto. No instalar el producto en ambiente y atmósfera
explosivos: la presencia de gases o humos inamables repre-
senta un grave peligro para la seguridad. Antes de instalar la
motorización, efectuar todas las modicaciones estructurales
relativas a la realización de los dispositivos de seguridad y a
la protección o segregación de todas las zonas de aplasta-
miento, cizallado, arrastre y de peligro en general. Comprobar
que la estructura existente tenga los necesarios requisitos de
robusteza y estabilidad. El constructor de la motorización no
es responsable de la inobservancia de la Buena Técnica en la
construcción de las puertas y ventanas a motorizar, así como
de las deformaciones que se presentaran en la utilización. Los
dispositivos de seguridad (fotocélulas, costas sensibles, paradas
de emergencia, etc.) se tienen que instalar considerando: las
normativas y las directivas en vigor, los criterios de la Buena
Técnica, el ambiente de instalación, la lógica de funcionamiento
del sistema y las fuerzas desarrolladas por la puerta o cancela
motorizadas. Los dispositivos de seguridad tienen que proteger
eventuales zonas de aplastamiento, cizallado, arrastre y de pe-
ligro en general, de la puerta o cancela motorizadas. Aplicarlas
señalizaciones previstas por las normas vigentes para individuar
las zonas peligrosas. En cada instalación tiene que estar visible
la indicación de los datos identicadores de la puerta o cancela
motorizadas.
Antes de conectar la alimentación eléctrica asegurarse
de que los datos de placarespondan a los de la red de
distribución eléctrica. Prever en la red de alimentación un in-
terruptor/seccionador omnipolar con distancia de apertura de
los contactos igual o superior a 3 mm. Comprobar que arriba
de la instalación eléctrica haya un interruptor diferencial y una
protección de sobrecorriente adecuados. Cuando se requiere,
conectar la puerta o cancela motorizadas a una ecaz instala-
ción de puesta a tierrarealizado como indicado por las vigentes
normas de seguridad. Durante las intervenciones de instalación,
mantenimiento y reparación, cortar la alimentación antes de abrir
la tapa para acceder a las partes eléctricas.
La manipulación de las partes electrónicas se tiene que
efectuar dotándose de brazales conductores antiestáticos
conectados a tierra. El constructor de la motorización declina
toda responsabilidad en caso de que se instalen componentes
incompatibles a nes de la seguridad y del buen funcionamiento.
Para la eventual reparación o sustitución de los productos se
tendrán que utilizar exclusivamente recambios originales. El
instalador tiene que facilitar todas las informaciones relativas
al funcionamiento automático, manual y de emergencia de la
puerta o cancela motorizadas, y entregar al usuario de la insta-
lación las instrucciones de uso.
DIRECTIVA MAQUINA
Segun la Directiva Maquina (98/37/CE) el instalador que “mo-
toriza” una puerta o una cancela tiene las mismas obligaciones
que el constructor de una máquina, y como tal debe:
- predisponer el fasciculo técnico que deberá contener los
documentos indicados en el Anexo V de la Directiva Ma-
quina; (el fasciculo técnico debe ser conservado y puesto
a disposición de la autoridad nacional competente por lo
menos diez años a partir de la fecha de costrucción de la
puerta motorizada);
- redactar la declaración CE de conformidad según el Anexo
II-A de la Directiva Maquina y entregarla al cliente;
- poner la marca CE sobre la puerta motorizada según el punto
1.7.3 del Anexo I de la Directiva Maquina.
Para mayores informaciones consultar el documento “Líneas
guía para la realización del fascículo técnico” disponible en
Internet en la dirección siguiente: www.ditec.it
MODO DE EMPLEO
Clase de servicio: 5 (mínimo 5 años de uso con 600 ciclos por
día)
Uso: MUY INTENSO (Para accesos de tipo colectivo con paso
para vehículos o paso peatonal muy intensivo).
- Las prestaciones de uso se reeren al peso recomendado
(aproximadamente 2/3 del peso máximo admitido). Su
utilización con el peso máximo admitido podría reducir las
prestaciones.
- La clase de servicio, los tiempos de utilización y el número
de ciclos consecutivos tienen un valor indicativo. Se han
detectado estadísticamente en condiciones medias de uso
y no pueden ajustarse a todos los casos. Estos valores se
reeren al período en el cual el producto funciona sin nece-
sidad de mantenimiento extraordinario.
- Cada acceso automático presenta elementos variables
como: fricciones, compensaciones y condiciones ambien-
tales que pueden modicar fundamentalmente tanto la
duración como la calidad de funcionamiento del acceso
automático o de una parte de sus componentes (entre los
cuales se encuentran los automatismos). Es responsabilidad
del instalador adoptar los coecientes de seguridad adecua-
dos para cada instalación especíca.
DECLARACIÓN DE FABRICANTE
(Directiva 98/37/CE, Anexo II, parte B)
Fabricante: DITEC S.p.A.
Dirección: via Mons. Ban, 3
21042 Caronno P.lla (VA) - ITALY
Declara que el sistema serie CROSS30
- es costruido para ser incorporado en una maquina o para
ser ensemblado con otras maquinarias para constituir un
maquina considerada por la directiva 98/37/CE;
- es conforme a las condiciones de las siguientes directivas CE:
Directiva compatibilidad electromagnética 2004/108/CE;
Directiva baja tensión 2006/95/CE;
y ademàs declara que no es consentido poner en servicio la
maquinaria hasta que la màquina en la cual serà incorporada o
de la cual serà componente haya sido declarada la conformi-
dad a las condiciones de la directiva 98/37/CE y a la legislaciòn
nacional que la transpone.
Caronno Pertusella, Fermo Bressanini
02-12-2003 (Presidente)