35
Garantía
Condiciones de garantía
para módulos fotovoltaicos de la serie NA
(aplicables para los módulos fotovoltaicos de Sharp arriba indicados, comprados por Vd. a partir del 1 de agosto de 2009)
IMPORTANTE: Vd. podrá entablar pretensiones en virtud de las presentes condiciones de garantía solamente si ha solicitado para su instalación fotovoltaica – bien personalmente o bien a través de su instalador – el registro para los servicios de garantía
de los módulos fotovoltaicos de la serie NA de Sharp (a través del certicado del módulo – acompañado en las paletas – o mediante registro online en www.brandaddedvalue.net). El registro debe haber llegado a SHARP en el plazo de 12 semanas a
partir de la primera puesta en servicio de la instalación fotovoltaica. Sin el registro realizado dentro del plazo de 12 semanas no es posible hacer uso de los servicios de garantía.
Muy estimado/a cliente de SHARP:
El/los módulo/s fotovoltaico/s de SHARP comprado/s por Vd. fue/ron producido/s con todo esmero y su funcionamiento fue sometido a un control nal. Si, a pesar de todo, en un módulo fotovoltaico se presentara alguna vez dentro del período de garantía
algún defecto de material y/o de mecanizado o una pérdida de rendimiento, Vd. podrá, además de los derechos legales a saneamiento que le corresponden frente a su vendedor, reclamar a Sharp Electronics (Europe) GmbH sobre la base de la garantía de
producto (A) o de la garantía de rendimiento aplicable para Vd. (B I o B II) bajo las condiciones indicadas a continuación.
Esta garantía solamente es aplicable para los módulos puestos en circulación por Sharp Electronics (Europe) GmbH en Europa o exportados por la misma a Israel o Turquía. En caso de dudas acerca de la procedencia, por favor, diríjase a su vendedor.
Capítulo A: Garantía de producto (uso mundial)
1) Alcance de la garantía de producto
En caso de presentarse en el módulo, dentro del plazo de 60 meses, algún defecto de material y/o de mecanizado condicionado por la fabricación (en adelante el “defecto”), Vd. podrá hacer uso de nuestro servicio de garantía. La garantía de producto se
limita a los siguientes componentes: marco, vidrio, células, cables de módulo incluyendo clavijas, unidad de conexión y lámina.
La garantía no abarca los defectos que se hayan originado por manipulación inadecuada, modificaciones del producto, montaje, manejo erróneo o por intervención ajena.
El período de garantía de 60 meses comienza el día en el que Vd. ha comprado el módulo a SHARP o a un comerciante. En caso de cambiar la titularidad de los módulos registrados deberá procederse a un nuevo registro. Tal nuevo registro no prolonga ni
el período de garantía ni la prestación de los servicios de garantía.
2) Servicio de garantía
SHARP Electronics (Europe) GmbH cumple con su obligación de garantía por defectos según su elección mediante reparación gratuita o sustituyendo el módulo defectuoso por otro equivalente sin defectos. En caso de que el tipo de módulo objeto de la
prestación de garantía ya no se produzca en serie, se suministraracomo módulo de repuesto un tipo estándar actual y técnicamente compatible. Los gastos de montaje/desmontaje que por ello se generen no serán asumidos por SHARP.
Capitulo B I: Garantía de rendimiento (uso dentro de la UE, Albania, Bosnia y Herzegovina, Croacia, Islandia, Israel, Liechtenstein, Macedonia, Montenegro, Noruega, Serbia, Suiza y Turquía)
La siguiente garantía de rendimiento comprende exclusivamente las pérdidas de rendimiento (degradación) de las células y no incluye los demás defectos de los módulos.
1) Alcance de la garantía de rendimiento de 25 años
a) Si en el plazo de diez (10) años desde el comienzo del período de garantía el rendimiento de un módulo se quedara por debajo del 90 % del rendimiento mínimo especicado en la hoja de características técnicas, SHARP compensará la falta de rendi-
miento, según su propia elección, suministrando módulos adicionales o reparando o sustituyendo el módulo, o bien reintegrará el precio de compra del módulo teniendo en consideración una amortización de un 4 % por año del precio original.
b) Si en los 15 años siguientes al plazo indicado en el anterior apartado a), el rendimiento del módulo se quedara por debajo del 80 % del rendimiento mínimo especicado en la hoja de características técnicas, SHARP compensará la falta de rendimiento,
según su propia elección, suministrando módulos adicionales o reparando o sustituyendo el módulo o bien reintegrará el precio de compra del módulo teniendo en consideración una amortización de un 4 % por año del precio original.
c) El período de garantía comienza el día en el que el usuario nal compre el módulo a SHARP o a un comerciante. En caso de cambiar la titularidad de los módulos registrados deberá procederse a un nuevo registro. Tal nuevo registro no prolonga ni el
período de garantía ni la prestación de los servicios de garantía.
d) SHARP solamente está obligada a cumplir con esta garantía de rendimiento si de un análisis del rendimiento resulta que las pérdidas de rendimiento del módulo son causadas por una degradación/disminución del rendimiento de las células. El análisis
del rendimiento de los módulos se lleva a cabo bajo las siguientes condiciones: temperatura de las células: 25 grados Celsius; irradiación: 1000 W/m
2
con espectro AM-1.5, en un sistema calibrado por Sharp (según IEC 60904).
2) Limitación de la garantía de rendimiento
Esta garantía de rendimiento no abarca las pérdidas de rendimiento que se hayan producido por manipulación inadecuada, manejo erróneo o intervención ajena. Los gastos que se generen por el desmontaje, nuevo montaje o comprobaciones por parte
del cliente al igual que otros gastos indirectos no serán soportados por SHARP. La garantía no comprende tampoco indemnización alguna por la disminución de la producción eléctrica o el benecio no obtenido de la venta de corriente eléctrica que hayan
sido causados por la falta de rendimiento de un módulo o por la realización de servicios de garantía.
Capitulo B II: Garantía de rendimiento (uso fuera de la UE, Albania, Bosnia y Herzegovina, Croacia, Islandia, Israel, Liechtenstein, Macedonia, Montenegro, Noruega, Serbia, Suiza y Turquía)
La siguiente garantía de rendimiento comprende exclusivamente las pérdidas de rendimiento (degradación) de las células y no incluye los demás defectos de los módulos.
1) Alcance de la garantía de rendimiento de 10 años
a) Si en el plazo de diez (10) años desde el comienzo del período de garantía el rendimiento de un módulo se quedara por debajo del 80 % del rendimiento mínimo especicado en la hoja de características técnicas, SHARP compensará la falta de rendi-
miento, según su propia elección, suministrando módulos adicionales o reparando o sustituyendo el módulo, o bien reintegrará el precio de compra del módulo teniendo en consideración una amortización de un 4 % por año del precio original.
b) El período de garantía comienza el día en el que el usuario nal compre el módulo a SHARP o a un comerciante. En caso de cambiar la titularidad de los módulos registrados deberá procederse a un nuevo registro. Tal nuevo registro no prolonga ni el
período de garantía ni la prestación de los servicios de garantía.
c) SHARP solamente está obligada a cumplir con esta garantía de rendimiento si de un análisis del rendimiento resulta que las pérdidas de rendimiento del módulo son causadas por una degradación/disminución del rendimiento de las células. El análisis
del rendimiento de los módulos se lleva a cabo bajo las siguientes condiciones: temperatura de las células: 25 grados Celsius; irradiación: 1000 W/m
2
con espectro AM-1.5, en un sistema calibrado por Sharp (según IEC 60904).
2) Limitación de la garantía de rendimiento
Esta garantía de rendimiento no abarca las pérdidas de rendimiento que se hayan producido por manipulación inadecuada, manejo erróneo o intervención ajena. Los gastos que se generen por el desmontaje, nuevo montaje o comprobaciones por parte
del cliente al igual que otros gastos indirectos no serán soportados por SHARP. La garantía no comprende tampoco indemnización alguna por la disminución de la producción eléctrica o el benecio no obtenido de la venta de corriente eléctrica que hayan
sido causados por la falta de rendimiento de un módulo o por la realización de servicios de garantía.
Capítulo C: Exclusión de la garantía de rendimiento y de producto
La garantía de rendimiento y de producto no comprende, particularmente, las pérdidas de rendimiento y/o demás defectos que se hayan producido a consecuencia de
- defectos de componentes de la instalación, estructuras portantes incluyendo los elementos de sujeción, componentes del sistema como inversores, cables de conexión del generador/cables o diodos de fase;
- haberse realizado la instalación por personas no competentes y no cualificadas;
- haberse acoplado módulos de SHARP con otros no compatibles;
- insuficiencia de la concepción y configuración del sistema y del modo de montaje;
- trabajos defectuosos de cableado/instalación o maniobras erróneas durante tales trabajos;
- no haberse observado las instrucciones de montaje vigentes (éstas se acompañan a los módulos o le serán puestas a disposición a Vd. por su comerciante);
- funcionamiento en condiciones ambientales no apropiadas o métodos inadecuados, incumpliendo con las especificaciones del producto, instrucciones para el servicio e indicaciones de la placa de características;
- mantenimiento y pruebas no apropiados, rotura de cristal por intervención exterior, objetos volantes o cargas exteriores así como vandalismo y hurto;
- inuencias como suciedad en el cristal frontero, ensuciamiento o deterioro por humo, sal, sustancias químicas u otros tipos de suciedad;
- lacas o materiales de limpieza aplicados en los módulos;
- empleo en unidades móviles como vehículos y embarcaciones;
- fuerzas naturales (terremotos, huracanes, ciclones, erupciones volcánicas, inundaciones, impactos directos o indirectos del rayo, daños por nieve, aludes, impactos de heladas, deslizamiento de tierras, plagas de insectos) u otras circunstancias imprevisibles.
Tampoco es aplicable la garantía de rendimiento y de producto en caso de
- haber sido eliminada o manipulada la placa de características colocada en la parte trasera;
- haberse colocado en la lámina trasera rótulo o etiquetas adhesivas sin autorización de SHARP.
Capítulo D: Ejercicio de la garantía de producto y de rendimiento
Vd. podrá entablar pretensiones en virtud de las presentes condiciones de garantía solamente si ha solicitado para su instalación fotovoltaica – bien personalmente o bien a través de su instalador – el registro para los servicios de garantía para los
módulos fotovoltaicos de la serie NA de Sharp (a través del certicado de módulo – acompañado en las paletas – o mediante registro online en www.brandaddedvalue.net). El registro debe haber llegado a SHARP en el plazo de 12 semanas a partir de la
primera puesta en servicio de la instalación fotovoltaica. Sin el registro realizado dentro del plazo de 12 semanas no es posible hacer uso de los servicios de garantía.
Para poder hacer uso de la garantía de producto o de rendimiento, deberá Vd. facilitarnos el número de registro del certificado de garantía, la factura de la cual se derivan la fecha de compra, la denominación del modelo y el número de serie del módulo
(véase placa de características) así como indicaciones sobre el momento en el que fue descubierto el defecto del producto o la pérdida de rendimiento. Vd. puede entablar sus pretensiones por defectos de producto o de rendimiento en virtud de esta
garantía solamente por escrito que debe dirigir a
SHARP Electronics (Europe) GmbH,
SESE, Asunto: Garantie,
Sonninstrasse 3, D-20097 Hamburgo, Alemania.
Las pretensiones por un defecto de las características del producto o un defecto de rendimiento del módulo en el sentido de la garantía de producto o de rendimiento prescriben en el plazo de seis meses a partir del
descubrimiento del defecto o de la pérdida de rendimiento.
SHARP Electronics (Europe) GmbH no acepta los módulos que se devuelvan sin previo requerimiento por escrito.
Capítulo E: Garante
SHARP Electronics (Europe) GmbH, Sonninstrasse 3, 20097 Hamburgo, Alemania
www.sharp.eu
Capítulo F: Derecho aplicable, fuero competente
1) Derecho aplicable. Esta garantía de fabricante se rige por el derecho alemán con exclusión del derecho internacional privado. Lo anterior no es aplicable para los consumidores cuando esta garantía no abarque las exigencias de las normas
nacionales obligatorias en materia de la protección de los consumidores. En este caso se aplicará el derecho más favorable para el consumidor.
2) Fuero competente. Para los comerciantes, personas jurídicas de derecho público y patrimonios especiales de derecho público el fuero exclusivo es Hamburgo (Alemania).
Version: SESE-NA-9-ESP-3.01
35
ENGLISHDEUTSCHFRANÇAISESPAÑOL