CORBERO Z40SMP Manual de usuario

Tipo
Manual de usuario

Este manual también es adecuado para

ENCIMERAS
PLACAS DE ENCASTRAR
E 840 - E 841
MANUAL DE INSTRUCCIONES
2
Advertencia
Estas advertencias están hechas en le interés
de su seguridad. Debe leerlas atentamente
antes de instalar o usar el aparato.
Es muy importante que guarde este libro de
instrucciones con el aparato para consultas
posteriores. Si el aparato es vendido o
transferido, asegurese de que este manual
esté en el aparato para que el nuevo usuario
pueda conocer el correcto manejo y
funcionamiento del aparato.
FABRICANTE: ELECTROLUX ZANUSSI S.p.A.
Viale Bologna 298
47100 FORLI’ (Italia)
Este aparato está de acuerdo con las
siguientes directiva E.E.C.:
- 90/396 (Aparados a gas)
- 73/23 - 90/683 (directiva de baja tensión);
- 89/336
(directiva de compatibilitad
electro-magnetica);
- 93/68 (Directivas generales)
y subsecuentes modificaciones.
Para su seguridad
Este aparato ha sido diseñado para ser manejado
por personas adultas o jovencitas bajo supervisión.
No debe permitir que los niños pequeños manejen
los controles o jueguen con él.
Este aparato ha sido diseñado para cocinar alimentos
en ambiente doméstico por uso non profesional. No
lo utilice jamás para otros fines.
Es peligroso alterar las características o modificar el
producto in cualquier forma.
Por razones de higiene y seguridad mantenga el
aparato siempre limpio. La formación de grasas
resecadas u otros restos de alimendos pueden
causar fuego.
Algunas partes del aparato se calientan durante el
funcionamiento. Mantenga los niños alejados hasta
que esté completamente frio.
Bajo ninguna circunstancia debe intentar de reparar
el aparato Vd. mismo. Reparaciones efectuadas por
personas inexpertas pueden causar daños o graves
disfunciones. Llame al Servicio Técnico ZANUSSI.
Insista siempre en el empleo de recambios originales.
Compruebe siempre que todos los mandos estén en
posición "" cunque el aparato no está funcionando.
Si tiene que enchufar una hierramenta eléctrica
cerca del horno, asegúrese de que los cables no
toquen el horno y que estén suficientemente alejados
de los elementos de calor.
Acerca de la instalación, la limpieza y el
mantenimiento.
Los trabajos requeridos para la instalación de este
aparato deben ser realizados por un instalador com-
petente o autorizado y de acuerdo con las normas y
regulaciones vigentes.
Asegúrese de que exista une buena circulación de
aire, alreador del aparato a gas. Una escasa
ventilación produce una falta de oxígeno.
Alimentar la ancimera con el tipo de gas estampado
sobre la etiqueta adhesiva, puesta juna al tubo
previsto para la conexion a la red del gas.
La utilización de un electrodoméstico de cocción
a gas produce calor y humidifica el local en el
cual está instalado. Es obligatorio asegurar una
buena aireación del local, manteniendo abierta
las entradas de aire o instalando una campana
de aspiración con conducto de salida.
Una utilización intensiva y prolongada del aparato
puede necesitar una aireación suplementaria,
por esemplo abertura de la puerta o una aireación
mas eficaz aumentando la potencia de aspiración
mecanica existente.
Una vez retirados todos los embalajes compruebe
que el aparato no esté dañado. En caso contrario
contacte su proveedor antes de proceder con la
instalacion.
El fabricante declina toda responsabilidad en el caso
de no seguir las normas en vigor.
Estas instrucciónes son válidas sólo en los países a que va destinado el aparato y cuyos símbolos de
identificación figuran en la portada del libro de instrucciones y sobre el proprio aparato.
Durante el funcionamiento
3
1. Instrucciónes para el usuario
LOS MANDOS DE REGULACIÓN
Los mandos de regulación de los quemadores se
puedene girar en tres posiciónes:
ninguna salida de gas
máxima salida de gas y encendido
mínima salida de gas
PARA ENCENDER LOS QUEMADORES
Encender el quemador antes de colocar las
ollas sobre las rejillas.
Para encender un quemador, antes de colocar la olla,
acercar una llama al quemador, empujar el mando
correspondiente y girarlo en el sentido opuesto a las
agujas del reloj hasta la posición de máximo.
Si después de algunas veces no consigue enceder el
quemador, controle que los casquillos (Fig. 1 let. A) y
los orificios de donde salen las llamas (Fig. 1 let. B)
estén colocados en su sitio correctamente.
Para cortar el suministro de gas, gire el mando hacia
la derecha hasta alcanzar la posición " ".
Antes de quitar las ollas del fuego, baje la
llama o apáguela.
CORRECTA UTILIZACIÓN DE LA ENCIMERA
Para conseguir un menor consumo de gas y un
mayor rendimento, es aconsejable emplear ollas de
un diámetro adecuado al quemador a utilizar, evitan-
do que la llama sobresalga del fondo de las mismas
(tabla a derecha).
También es aconsejable que, apenas comience el
líquido a hervir, se reduzca la llama al mínimo
necesario para mantener la ebullición.
Emplear solamente ollas con fondo achatado.
Aconsejamos vigilar especialmente la
cocción con aceites grasos (por ejemplo la
preparación de patatas fritas) ya que éstos
pueden arder come conseguencia de un
sobre-calentamiento.
Quemador diámetro diámetro
mínimo máximo
Grande (Rápido) 180 mm. 260 mm.
Mèdio (Semirápido) 120 mm. 220 mm.
Pequeño (Auxiliar) 80 mm. 160 mm.
Fig. 1
FO 0204
4
PLACA ELÉCTRICA
Los modelos E 841 están equipados con una placa
eléctrica.
La placa eléctrica se regula mendiante un mando con
siete posisciones que van desde “0” (desconexión) a
“6” (máxima potencia). Estos mandos pueden girarse
hacia la derecha o hacia la izquierda indistintamente.
Para alargar la duración de la placa y obtener un mayor
ahorro de energia es aconsejable observar las
siguientes instrucciones:
- usar sólo recipientes de cocina con fondo plano y
de diametro mayor que el de la placa (Fig. 2 y 3);
- evitar que los líquidos en ebullición rebosen y se
viertan sobra la placa;
- no olvidar nunca la placa conectada sin ollas o con
ollas vacias, y no emplear nunca la placa para
calentar el ambiente;
- conectar la placa solo después de haber colocado
el recipiente de cocina sobra esta;
- para evitar formaciones de humedad perjudiciales
no colocar sobre la placa sartenes u ollas con bordes
bajos ni dejar enfriar las ollas calientes.
TAPA PARA LA ENCIMERA
A fin de obtener un alineamento estético con los muebles
de cocina, la encimera está preparada para la colocación
de una tapa que usted puede comprar en los
distribuidores oficiales.
- La tapa que puede poseer su aparato ha sito
ideada como barrera contro el polvo cuando el
aparato está cerrado y como protección para las
sapicaduras cuando está abierto. No lo use con
niñguna otra finalidad.
- Antes de abrir la tapa, limpiarla si está sucia en
consecuencia de desbordamiento de liquidos
- Limpie siempre las salpicaduras de la superficie
de la tapa antes de quitarla. Deje que el aparato
se enfríe antes de colocar o cerrar la tapa.
- ATENCIÓN! ILa tapa en cristal puede descarcarse,
come conesguencia de un sobre-calentamiento.
Quitar todos los quemadores antes de cerrarla.
Fig. 2
Fig. 3
5
2. Limpieza y mantenimiento
Limpie esmeradamente las partes esmaltadas de la
encimera. Es aconsejable pasar un paño suave
mojado en agua con jabón templada después de cada
uso.
Los distribudores de los quemadores (Fig. 1 - “B”)
deben ser lavados frecuentemente con agua hirviendo
y detergente, teniendo cuidado de eliminar todas las
eventuales incrustaciones.
Las partes de acero inoxidables se deben limpiar con
productos especiales para el acero. Non son
aconsejables productos abrasivos ni los que
contengan cloro (lejía, etc.)
Las rejillas esmaltadas pueden lavarse en el
lavavajllas.
Por manchas rebeldes, use detergentes normales o
los productos especiales en venta para tal fin.
No use jamás productos abrasivos, lana de acero o
limpiadores con blanqueadores que podrían dañar el
aparato.
La placa eléctrica se limpia con un estropajo húmedo,
engrasándose después ligeramente con un poco de
aceite lubricante. Estas operaciones deben realizarse
cuando la placa está aún templada.
CORRECTA POSICIÓN DE LAS REJILLAS
Las rejillas de la encimera estan fijadas en la correcta
posición por dos ganchos hechos a propósito en la
parte posterior.
Las rejillas pueden levantarse por una más fácil
limpieza de la encimera (véase fig. 4 y 5).
Por quitar las rejillas de la encimera, procede como se
indica en la fig. 6.
FO 2237
FO 2032
Fig. 4
Fig. 5
FO 2032
Fig. 6
6
Es necesario proceder periódicamente al control del
estado de conservación del tubo de conexión. Si se
observan anomalías, no hay que repararlo, debe
sustituirse.
Para garantizar el buen funcionamiento y la seguridad,
es necesario proceder periódicamente al engrase de
las llaves de gas.
3. Manutención periódica
Las llaves de gas deben ser lubrificadas periodi-
camente por personal cualificado, al cual deben
dirigirse también en el caso de un funcionamiento
anómalo del aparato.
PIEZAS DE REPUESTO ORIGINALES
Este aparato ha sido controlado y ajustado por perso-
nal experto especializado antes de salir de la fábrica a
fin de garantizar los mejores resultados de
funcionamiento. Cualquier reparación o ajuste que se
necesitara a continuación debe ser ejecutado con la
misma precisión y esmero.
Para ese fin, le aconsejamos acudir siempre al
concesionario que le vendió el aparato o al Servicio de
Asistencia más cercano. En este caso, especifique qué
problema surgió y qué modelo Ud. posee.
4. Asistencia tecnica, piezas de recambio originales y
garantía
Las piezas de repuesto originales del constructor,
estan identificadas con esta marca:
se hallan exclusivamente en nuestros centros de
asistencia a los clientes, o en tiendas de repuestos
autorizadas.
7
Potencia del quemador a gas
Quemador rápido (grande) 3 kW
Quemador semirápido (mèdio) 2 kW
Quemador auxiliar (pequeño) 1 kW
Potencia de la placa eléctrica (Ø 180 mm) 1 kW
Categoría II2H3+
Tarado del aparado GLP 28-30 / 37 mbar
tuerca
5. Caracteristicas Tecnicas
Raccor de entrada de gas G 1/2"
Tensión de alimentación 220-230V 50 Hz
DIMENSIONES DEL HUECO
DE INCASTRE
Ancho 560 mm.
Fondo 480 mm.
6. Instrucciónes para el instalador
INSTALACIÓN
Es necesario que todas las operaciones relativas a la
instalación, regulación y adaptación al tipo de gas que
vaya a utilizarse, sean realizadas por personal calificado,
según las normas en vigor.
Las instalaciones de gas para aparatos de cocción
domesticos deberan atenerse a las Normas de
Instalaciones de Gas en edificios habitados, actualmente
en vigor. (Normas basicas de instalaciones de gas en
edificios habitados, B.O.E. n. 77 de 30/03/1974, y
Reglamento de aparatos que utilizan combustibles
gaseosos, según decreto 1651/1974, B.O.E. n. 147 de
20/06/1974)
Importante
Cualquier intervención debe efectuarse con el aparato
desconectado eléctricamente y con la llave del gas
cerrada. Cuando sea necesario que esté conectado se
deben observar las máximas precauciones.
CONEXIÓN DEL GAS
Las instalaciones de gas para cocinas domésticas
deberán atenerse a las Normas de Instalaciones de gas
en edificios habitados, actualmente en vigor.
En el caso de instalación con tubo metálico flexibile,
asegúrese de que el tubo non está en contacto con
partes mobiles o aplastado. El mismo control debe ser
efectuado también en el caso de acoplamiento horno
con encimera.
Las encimeras están preparadas para el tipo de gas,
presión, voltaje, etc., que figura en la placa de
características. Compruebe que coinciden con los que
dispone en su domicilio.
En la bolsa de accesorios, adjuntamos un codo con la
tuerca y junta para efectuar la unión a la encimera
(figura 7).
El terminal del tubo de gas de la encimera es roscado
G 1/2.
Importante
Para un seguro funcionamiento, un menor consumo y
una mayor duración del aparato, asegúrese de que la
presión de alimentación respeta los valores indicados
en la tabla de características de los quemadores.
Un vez terminada la instalación se debe comprobar la
perfecta estanquidad de todos los tubos, racores,
uniones, etc., utilizando para ello una solución jabonosa.
JAMAS SE DEBEN UTILIZAR LLAMAS.
junta
soldadura
tubo ø 12/14
para gas natural
tubo ø 10/8
para gas
butano
soldadura
codo
Fig. 7
FO 0670
8
7. Encastrado
ZONA INFERIOR DEL EMPOTRAMIENTO
La cavidad debe tener las dimensiones indicadas en
la fig. 8.
En el caso de que el mueble en el cual se va a
instalar el horno/encimera estuviera cerrado en la
parte dorsal, se deberán realizar unos cortes en la
parte superior e inferior de esa zona, que servirán
para paso de cables para la conexión a la red de los
propios aparatos, para paso de tubos de gas, etc. y
también para ventilación de dicho mueble (Fig. 9).
El horno debe instalarse en las condiciones descritas
anteriormente, tanto de medidas como de ventilación
y deberá utilizare un mueble en el cual las colas
utilizadas para el pegado de las láminas de
recubrimiento soporten una temperatura de 100°C.
600
480
60
60
20
600
560
20
35
400
100
620
100
30
595
564
600
560
5
Fig. 9
Fig. 8
i
9
8. Acoplamiento encimera-horno
Para acoplar la encimera con el horno empotrable,
proceder de la siguiente forma, situar en el mueble
de empotramiento dejando suficiente espacio para
poder manipular los cardans y unirlo a los ejes
portamandos.
Durante esta operación tener cuidado de que los
cardans permanezcan en la parte superior del horno
en posición accensible. Unir los cardans regulables
(A) a los ejes posteriores de los mandos del horno. A
continuación, fijarlos mediante el tornillo situado en el
extremo del cardan.
Seguidamente, acoplar el conector de la encimera
(B) en su complementario previsto en el horno. La
forma de este componente no permite efectuar una
conexión erronea. Finalmente, proceder al montaje
de los mandos (suministrados con el horno) y de los
diales C, D, E y F (suministrados con la encimera).
(Fig. 10)
Para mayor claridad, en las figuras de la Pag. 9 se
indica el tipo de dial que debe montarse en cada eje.
El orden de montaje es el siguinte, alojar el dial sobre
el cuello del mando y fijar el conjunto con el muelle
que se suministra con el horno. (Fig. 11)
Fig. 10
Fig. 11
10
9. Conexión eléctrica
La conexión se debe efectuar respetando las normas
vigentes.
Antes de proceder a la conexión, asegúrese que:
1) los fusibles y la instalación eléctrica de la vivienda
pueden soportar la carga del aparato (vea la placa de
características);
2) la instalación de alimentación dispone de una
toma de tierra eficaz, conforme a las normas y a las
disposiciones legales vigentes;
3) se puede acceder fácilmente a la toma o al
disyuntor omnipolar utilizados para la conexión
después de instalar el aparato.
Conexión eléctrica del horno y la encimera
La toma de corriente para el horno está situada en la
encimera. Las encimeras esán provistas de los
cables de alimentación y tierra en cuyo extremo se
encuentra un conector.
Las instrucciones para realizar la conexión eléctrica
las encontratá en el libro de instrucciones de la
encimera.
Los acoplamientos entre conectores y tomas no
permiten conexiones erróneas.
El Fabricante declina toda responsabilidad en
caso de incumplimiento de las normas de
prevención de accidentes.
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Orden de 29-III-74. B.O.E. N° 77, de fecha 30-III-74
Normas básicas de instalaciones de gas en edificios habitados
8. ENSAYOS
8.4. Verificación de los aparatos instalados
El instalador deberá verificar los aparatos instalados
una vez estén en condiciones de funcionamiento.
Se comprobará que las condiciones para asegurar la
ventilación o la evacuación de los gases quemados
sean satisfactorias, para lo cual deberán cumplir los
requisitos que se expondrán en el capítulo siguiente.
En la verificación se comprobará que el aparato
corresponda al tipo de gas que se distribuye y es el
adecuado a las necesidades de la instalación. Se
regulará la llama de los pilotos y las del quemador, así
como se verificará el funcionamiento de los diversos
dispositivos anexos (llaves y dispositivos de seguridad
y de regulación). Cuando un aparato se ha cambiado de
situación, antes de comenzar su utilización normal
deberá ser de nuevo verificado.
Está prohibido, a parte de los casos previstos en las
instrucciones de puesta en servicio y puesta a punto, la
intervención en los reguladores integrados en los
aparatos, el calibrado de los inyectores y de los
quemadores y, en general, modificar la forma o
dimensiones de cualquier pieza que influye sobre el
rendimiento térmico del aparato.
Estas operaciones sólo podrán ser ejecutadas por
personas autorizadas de los fabricantes de aparatos o
de las Empresas suministradoras.
9. ENTRADA DE AIRE DE COMBUSTION Y
EVACUACION DE HUMOS
9.1. Generalidades
Las condiciones que deben reunir los locales en los que
estén instalados uno o más aparatos de circuito no
estanco, estén o no conectados a un conducto de
evacuación de humos, son las siguientes:
a) Disponer de una entrada suficiente de aire para la
alimentación de los aparatos.
b) Tener un volumen bruto de ocho metros cúbicos
como mìnimo, entendiéndose. por volumen bruto el
limitado por las paredes del local, es decir, sin deducción
del volumen ocupado por el mobiliario, siempre que
éste volumen no exceda de dos metros cúbicos.
El volumen citado puede reducirse a seis metros cúbicos
si el local está permanentemente abierto a otro local
bien ventilado del que sea una dependencia el primero,
y si no tiene mas que aparatos para cocción o producción
de agua caliente por acumulación, cuyo caudal calorflico
total sea inferior a 4000 Kcal/hora.
7. INSTALACION DE APARATOS
7.1. Aparatos de utilización
Todos los aparatos que deben ser usados en las
instalaciones cumplirán las disposiciones y normas en
vigor.
7.2. Instalaciones de los aparatos de utilización
Antes de conectar un aparato a la instaiación hay que
comprobar que está preparado para el tipo de gas que
se le va a suministrar.
En la instalación de las cocinas deberá cumplirse:
- La conexión con el tubo de alimentación del gas podrá
hacerse por el lado derecho o por el lado izquierdo de
la parte posterior de la cocina, de manera que el tubo
flexible no pueda quedar en contacto con las partes
calientes de la misma.
Los tubos de alimentación de la cocina deben ser
accesibles, quedar fuera de la acción de las llamas y de
los gases quemados y de ningún modo podrán obstruir
la evacuación de éstos.
- La proyección vertical del quemador de cualquier
aparato de utilización de gas, situado a más altura que
los quemadores de una cocina, deberá guardar una
distancia mínima de 40 cm. con los de ésta, a no ser que
entre ambos se intercale una pantalla incombustible
que impida que los gases quemados o vapores
procedentes de la cocina puedan afectar a la buena
combustión del otro aparato.
7.3. Conexión
La conexión del aparato a la instalación de gas se hará:
a) por tubo rígido cuando el aparato está incorporado a
un "bloque cocina" o está inmovilizado.
b) por tubo flexibile cuando el aparato es movil o
desplazable.
La longitud del tubo flexible no será, en ningún gaso,
superior a 1,50 m.
Cuando la alimentación se haga a partir de botellas de
G.L.P., no se permitirá la conexión de más de dos
aparatos directamente a una botella de uso doméstico
a través de tubos flexibles.
En el supuesto de que la instalación requiera que sean
más de dos los aparatos que hayan de conectarse a una
botella, la tubería principal de consumo deberá ser
rígida permitiéndose en estos casos efectuar el enlace
de ella con los aparatos de consumo por medio de tubo
flexible, cuya longitud no podrá exceder de 0,60 m., y
con la botella por tubo que no exceda de 0,40 m.
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c) Deberá tener una ventana o puerta, por lo menos,
que pueda abrirse directamente al exterior, o a un patio
interior que tenga una anchura mínima de 2 metros, con
el fin de permitir en caso de necesidad una rápida
ventilación.
En edificaciones ya construidas será suficiente que
cualquiera de las dos dimensiones de la sección
transversal del patio tenga un mínimo de dos metros. En
el caso de que ninguna de estas dos dimensiones
alcance los dos metros, podrán instalarse en los citados
locales aparatos, estén o no conectados a conductos
de evacuación de humos, se produce un tiro continuo
en el patio. Este tiro se provocarà practicando una
abertura para entrada directa de aire exterior en la parte
baja de dicho patio.
9.2.2. Evacuación de los productos de la combustión
de aparatos que no precisen ser conectados a
conductos de evacuación.
Las cocinas no están obligadas a ser conectadas a un
conducto de evacuación de humos, siempre que el local
en que esté instalada tenga una salida de aire que
cumpla las condiciones que seguidamente se
establecerán:
La evacuación de los productos de la combustión podrá
efectuarse mediante los siguientes dispositivos:
a) A través de un conducto de evacuación de aire
viciado o de un conducto de humo que no utilice, si
ambos tienen, respectivamtne, su origen en el local,
debiendo ser la sección de salida la que corresponda
según la relación de secciones incluida en el apartado
d) de este epígrafe 9.2.2. y estar situado su borde
inferior a una altura mínima de 1,80 metros sobre el
nivel del suelo y a más de 1 metro del techo si el único
aparato instalado en el local, que no esté conectado a
un conducto de evacuación, es una cocina y el conducto
termina en una campana cuya proyección vertical la
cubre totalmente.
b) A través de un conducto de evacuación de gases
quemados al que estén conectados uno o varios aparatos
de gas e instalados en el mismo local que los aparatos
no conectados, siempre que la sección de dicho
conducto, si es individual, no sea inferior a 100
centímetros cuadrados y si la base de uno de los
cortatiros está situada, como mínimo, a 1,80 metros
sobre el nivel del suelo.
En el caso de que la base del cortatiro esté a menor
altura, podrá efectuarse la evacuación a través de un
orificio suplementario de 50 centímetros cuadrados
practicado en el conducto de evacuación citado,
debiendo estar la parte alta de dicho orificio a más de 5
centímetros por debajo del empalme del aparato
conectado al conducto de evacuación y la parte baja a
1,80 metros sobre el nivel del suelo, como mínimo, y a
menos de 1 metro del techo.
c) Mediante extractor mecánico individual, debiendo
poder pasar el aire viciado aunque el extractor no
funcione.
d) En caso de que las soluciones a), b) y c) no puedan
ser adoptadas, podrá efectuarse la evacuación por una
salida practicada en la parte alta de una pared, puerta
o ventana, cuya base debe estar a la altura de 1,80
metros sobre el nivel del suelo del local como mínimo.
La salida debe disponerse de modo que ningún ele-
mento móvil de la construcción pueda obstruir los
orificios correspondientes, que deberán estar protegidos
por rejillas o deflectores, en el interior y en el exterior.
La sección de paso del aire viciado puede estar
subdividida en varios pasos, de modo que en cualquier
caso la sección total tenga los siguientes mínimos:
Cocinas:
Si sólo existen aparatos de cocción... 100 centímetros
cuadrados.
Si además existen otros aparatos... 150 centímetros
cuadrados.
Los orificios fijos de 150 centímetros cuadrados de
sección pueden ser reemplazados por orificios
regulables de sección variables entre 100 y 200
centímetros cuadrados.
En el caso de adoptarse la solución d) en viviendas de
nueva construcción, la entrada de aire para la combustión
deberá ser necesariamente directa; en las soluciones
a), b) y c) podrá ser directa o indirecta.
9.3. Entrada de aire para combustión
9.3.1. Entrada directa de aire
El aire procedente de la atmósfera exterior deberá
penetrar en el local donde se encuentre el aparato o
aparatos de utilización de gas mediante un conducto o
por entradas practicadas en las paredes, puertas o
ventanas exteriores.
La entrada directa de aire se aconseja en todos los
casos, siendo además obligatoria en vivíendas de nueva
construcción, cuando la evacuación de los productos
de la combustión se efectúe por paso directo a través de
una pared, puerta o ventana exterior, en el caso de que
los aparatos no precisen estar conectados a un conducto
de avacuación.
13
También será obligatorio la entrada directa del aire,
incluso si los productos de la combustión son evacuados
por un conducto, cuando el aparato esté alimentado por
un gas más denso que el aire a presíon igual o superior
a 1500 mm. de c.d.a.
Para evacuar el gas, cuando es más denso que el aire,
procedente de eventuales fugas, deberá existir una
comunicación directa con el exterior mediante un orificio,
que puede ser o no uno de los destinados a la entrada
de aire de sección reglamentaria o mediante un conducto
con cuyo borde inferior, en el local, esté situado lo más
bajo que sea posible sobre el nivel del suelo y con una
sección mínima de 25 centímetros cuadrados.
Si el conducto no tiene pendiente descendente, deberá
forzarse la evacuación mediante un extractor
antideflagrante, enclavado con un dispositivo de corte
automático del circuito de gas, previa consulta y
autorización por la Delegación Provincial del Ministerio
de Industria.
Las entradas directas de aire por conducto individual no
deben tener ángulos vivos en su trazo, y su sección será
de 150 centímetros cuadrados, si a lo sumo existen dos
cambios de dirección, y de 300 centímetros cuadrados,
si el número de cambios es mayor.
Los orificios terminales tendrán las secciones libres
mínimas que se especifican a continuación y que se
aplicarán también a las entradas directas del aire a
través de paredes exteriores:
a) Aparatos no conectados a conductos de evacuación
de humos:
Precisarán una sección mínima de 100 centímetros
cuadrados, las cocinas de cuatro o más fuegos, los
calentadores de agua instantáneos y las lavadoras de
ropa. Los demás aparatos precisarán 50 centímetros
cuadratos, excepto los aparatos móviles de calefacción,
para los que deberán tenerse en cuenta las instrucciones
que acompanan al aparato y siempre como mínimo 50
centímetros cuadrados.
c) Cuando existan varios aparatos en un mismo local
deberá considerarse la sección del aparato que exija
mayor, excepto si se trata de un cuarto de calderas, en
cuyo caso se cumplirán las excepciones específicas
citadas.
La entrada de aire puede subdividirse en varios orificios,
situados sobre la misma o distinta pared
siempre que la suma de secciones libres sea igual a la
sección libre total exigida.
Los orificios para entrada de aire practicados en las
paredes, puertas o ventanas exteriores, deberán ser
dispuestos de manera que no puedan ser obstruidos
por ningún elemento móvil de la construcción (postigos,
batientes, ventanas, etc.).
En los locales que tengan uno o más aparatos no
conectados a conductos de evacuación de humos, la
altura del borde superior del orificio u orificios de entrada
de aire con relación al nivel del suelo no puede ser
mayor de 30 cm. en los casos en que la evacuación de
humos se haga exclusivamente por un orificio practicado
en una pared, puerta o ventana exterior. Sin embargo,
esta limitación no se aplica a las entradas de aire fresco
que estén situadas en la proximidad de los quemadores
de los aparatos.
9.3.2. Entrada indirecta de aire
Cuando el aire penetra del exterior a través de un local
o locales contiguos al que contenga los aparatos de
utilización se exigirá una entrada de aire en uno sólo de
dichos locales, si es inmediatamente contiguo al que
contiene los aparatos de gas, o en dos locales si el que
contiene los aparatos de gas está separado de ambos
por un pasillo, vestíbulo o similar; Los locales por los
que se toma el aire directamente del exterior no podrán
ser retretes. La suma de las entradas de aire en estos
locales debe estar de acuerdo con las secciones
indicadas en los apartados a) y c) de 9.3.1., sin que sea
exigida ninguna limitación de altura. Deberán estar
asimismo de acuerdo con las secciones indicadas en
los apartados citados las de tránsito al local que contie-
ne los aparatos de gas, que también pueden subdividirse,
y deberán disponerse de modo que ningún elemento
móvil de la construcción pueda obstruirlas.
Para que sea admisible la entrada indirecta de aire en
viviendas de nueva construcción, la evacuación de los
productos de la combustión deberá efectuarse
conectando los aparatos a un conducto de evacuación,
o mediante las soluciones descritas en los apartados a),
b) y c), del punto 9.2.2., excepto si se trata de cocinas
de cuatro fuegos como máximo.
14
Decreto 1651/1974 de 7-III-1974 B.O.E. N° 147, de fecha 20-VI-1974.
Reglamento de aparatos que utilizan combustibles gaesosos
9. USUARIOS
9.1. El usuario deberá observar las instrucciones de uso
y mantenimiento que le fueron entregadas con el aparato,
reclamando, en caso de extravio, un nuevo ejemplar al
representante del fabricante. De no disponer éste de los
mismos, por tratarse de un modelo que ya no se fabrica,
vendrá obligado a facilitarle cuantas instrucciones sobre
seguridad sean necesarias.
9.2. En caso de que el usario se aperciba de la
anormalidad de funcionamiento de los aparatos porfuga
de gas, deberá interrumpir la alimentación de gas y
procurar que la ventilación de los locales esté asegurada,
absteniéndose de producir llama o chispa de cualquier
clase en tanto no se haya ventilado el local y no
poniendo en servicio de nuevo el aparato hasta la
reparación de la anormalidad.
9.3. Las tuberías flexibles de conexíon de los aparatos
deben ser sustituidas en caso de deterioro y no deben
ser mantenidas en uso más allá de la fecha de caducidad
que en las mismas se fije, de acuerdo con las normas de
homologación.
13. PLACAS DE IDENTIFICACION
13.1. Todos los aparatos comprendidos en este
Reglamento llevarán en lugar visible una placa del
fabricante en la que consten los siguientes datos:
13.1.1. Nombre del fabricante ó número de identificación
en el Registro Industrial.
-
13.1.2. Tipo de aparato, serie y número de fabricación.
13.1.3. Tipos de gas y presiones de funcionamiento.
13.1.4. Consumos máximos de gas, para cada tipo y
presión de funcionamiento.
13.1.5. Potencias nominales del aparato, para las
características anteriores.
13.1.6. Otras características especificas del aparato.
13.2.1. en la misma placa y en lugar adecuado se
grabará la fecha y contrasena de aprobación definitiva
del tipo o, en su defecto, la de su aprobación provisional,
en tanto no se disponga de aquella.
15. ACCIDENTES
En caso de accidente, el usuario del aparato deberá dar
cuenta inmediata a la Delegación Provincial del Ministerio
de Industria la cual dispondrá el desplazamiento de un
Inspector, en el plazo más breve posible para que se
persone en el lugar del accidente y tome los datos,
muestras, medidas, etc., que estime oportunos, que
permitan estudiar y determinar las causas del mismo.
Las actuaciones del Inspector de la Delegación Provincial
del Ministerio de Industria se efectuarán de of icio y con
independencia de la actuación judicial, si la hubiese.
Por la Delegación provincial del Ministerio de Industria
y una vez se hayan establecido las conclusiones
pertinentes, se dará cuenta a la Dirección General de
Industrias Siderometalúrgicas y Navales en el plazo de
quince días hábiles.
15
Al objecto de simplificar al Instaldor la determinación
de la sección de la línea de alimentacción para los
aparatos Zanussi, se adjuntan una serie de tablas para
el "Cálculo de conductores", en los que se pueden
hallar directamente las secciones de los conductores
de cobre adecuados. Si los conductores fuesen de
aluminio, se deberán realizar los oportunas
correcciones se sección.
Tabla 1 - Intensidad máxima admisible, en A, para conductores de cobre (hasta 750 V) aislados con goma,
P.V.C. o materiales análogos.
Instalaciones fijas
Sección nominal
conductor (mm
2
) 3 conductores 2 conductores 1 conductor 1conductor Unipolares
unipolares unipolares tripolar bipolar distanciados
1 8,5 9,5 9,5 10,5 13
1,5 11 12 12 13 17
2,5 15 17 17 18 23
42023232531
62629293240
10 36 40 40 44 55
16 48 54 54 59 74
25 64 71 71 78 97
35 78 88 88 97 120
50 95 110 110 115 145
70 120 135 135 150 185
95 145 165 165 180 225
120 170 190 190 210 260
150 195 220 220 240 300
185 220 250 250 275 340
240 260 295 295 320 400
(1) cuando por un mismo tubo o conducto tengan que pasar más de 3 conductores normalmente recorridos por la
corriente, se aplica a los valores de la columna correspondente los coeficientes siguientes:
De 4 a 7 conductores: 0,9
Más de 7 conductores: 0,7
Lineas eléctricas
La sección de los conductores a utilizar se determinará
de forma que la "caída de tensión" entre el origen de
la instalación y del punto de utilisación del aparato, sea
menor del 5% de la tensión nominal. La "caída de
tensión" se calculará considerando alimentados todos
los aparatos de utilisación susceptibles de funcionar
simultáneamente.
16
Sección de los Sección minima de los
conductores de fase en conductores de
la instalación (mm
2
) protección (mm
2
)
S 16 S (*)
16 > S 35 16
S > 35 S/2
Tabla 2 - Conductores flixibles para aparatos
electrodomésticos o similares
Sección nominal del Intensidad maxima
conductor (mm
2
) admisible (A)
0,5 4
0,75 6
18
1,5 11
2,5 15
420
625
10 35
Tabla 3 - Coeficiente de correción de la carga en
función de la temperatura media ambiente
(conductores de la tabla 1)
Temperatura Coeficiente
ambiente (°C) de correción
20 1,34
25 1,26
30 1,18
35 1,09
45 0,89
50 0,77
Conductores de protección
(para toma de tierra)
Tendrán una sección mínima igual a la fijada en la
tabla 4, en función de la sección de los conductores
de la fase de la instalación.
Estos valores son válidos cuando los "conductores de
protección" están constitudos por el mismo metal que
los de fase.
Tabla 4
(*) Minimo de:
2,5 mm
2
si no forman parte de la canalización de
alimentación y tienen una proteción mecánica;
4 mm
2
si no forman parte de la canalización y no
tiene una proteción mecánica.
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CORBERO Z40SMP Manual de usuario

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