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GARANTÍA
Su nuevo producto a gasolina de POWERSTROKE cumple con todas las normas
de emisiones aplicables de la Dirección de protección ambiental (EPA) de EE.UU.,
de Medioambiente de Canadá (Environment Canada) y del Estado de California.
La porción de emisiones evaporativas de esta cobertura, como se describe a
continuación, es suministrada por OWT Industries, Inc. El fabricante del motor
proporciona una cobertura de garantía en las emisiones por separado para
componentes relacionados con emisiones, como se describe en una “Garantía
del sistema de control de emisiones” incluida con este producto. Por supuesto,
este producto también incluye una garantía que no está limitada a componentes
relacionados con emisiones, como se describe en otra sección de este manual
del operador.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONSUMIDOR SEGÚN LA GARANTÍA
La Junta de Recursos Atmosféricos de California (CARB) y OWT Industries,
Inc., tienen el gusto de explicar la garantía del sistema de control de emisiones
evaporativas en el modelo año 2012 de motor pequeño para uso fuera de
carreteras. En California, los motores nuevos que utilizan motores pequeños
deben diseñarse, fabricarse y equiparse de manera que cumplan con las rigurosas
normas estatales contra la contaminación del aire. OWT Industries, Inc., debe
garantizar el sistema de control de emisión evaporativa en la equipo pequeño
para uso fuera de carreteras durante el período indicado abajo, siempre y cuando
dicho equipo no haya sido sujetos a abuso, descuido o mantenimiento indebido.
El sistema de control de emisión evaporativa puede incluir piezas como: tanques,
conductos, y tapas de combustible, válvulas, recipientes, filtros, mangueras de
vapor, abrazaderas, conectores y otros componentes asociados. Para motores
de 80 cc o menos, sólo el tanque de combustible está sujeto a los requisitos de
la garantía del control de emisión evaporativa de esta sección.
COBERTURA DE LA GARANTÍA DEL FABRICANTE:
Este sistema de control de emisión evaporativa está garantizado por tres años.
En caso de existir una pieza defectuosa relacionada con la emisión evaporativa,
ésta será reparada o reemplazada por OWT Industries, Inc.
RESPONSABILIDADES DEL PROPIETARIO EN RELACIÓN CON LA
GARANTÍA:
Como propietario de equipo pequeño para uso fuera de carreteras, usted
es responsable de la realización del mantenimiento necesario indicado
en el manual del propietario. OWT Industries, Inc., le recomienda guardar
todos los recibos y facturas de mantenimiento de la equipo pequeño para
uso fuera de carreteras, no obstante OWT Industries, Inc., no puede negar
la cobertura de la garantía únicamente por la carencia de recibos.
Sin embargo, como propietario de equipo pequeño para uso fuera de carret-
eras, usted debe saber que OWT Industries, Inc., puede negarle la cobertura
de la garantía si dicha equipo pequeño para uso fuera de carreteras o una
parte de la misma ha fallado debido a abuso, descuido, o mantenimiento
indebido o modificaciones no autorizadas.
Usted es responsable de presentar su equipo pequeño para uso fuera de
carreteras a un establecimiento de servicio de OWT Industries, Inc., tan
pronto como surja el problema. Las reparaciones amparadas por la garantía
deben realizarse en un plazo razonable menor de 30 días.
Si tiene alguna pregunta con respecto a la cobertura de la garantía, debe
comunicarse con OWT Industries, Inc., al 1-877-617-3501.
REQUISITOS DE LA GARANTÍA DE DEFECTOS:
(a) El tiempo de garantía inicia en la fecha que el motor o equipo es entregado
al comprador final.
(b) Cobertura de garantía de emisiones evaporativas general. El equipo debe
ser garantizado al comprador final y cualquier propietario subsecuente que
cuando el sistema de control evaporativo instalado fue:
(1) Diseñado, fabricado y equipado de conformidad con todas las normas
aplicables; y
(2) Libre de defectos en los materiales y mano de obra que puedan causar
el defecto de la parte garantizada por un tiempo de tres años.
(c) La garantía en las piezas relacionadas con las emisiones evaporativas será
interpretada de la siguiente manera:
(1) Cualquier pieza garantizada que no está en el calendario para reemplazo
como lo requiere el mantenimiento en las instrucciones por escrito debe
ser garantizada por el tiempo de garantía definido en la subsección (b)
(2). Si cualquier de dichas partes fallan durante el tiempo de la cobertura
de la garantía, debe ser reparada o reemplazada por el fabricante que
expide la garantía. Cualquier dicha pieza reparada o reemplazada en
virtud de la garantía debe ser garantizada por un periodo no menor al
tiempo restante de la garantía.
(2) Cualquier pieza garantizada que está en el calendario sólo para inspec-
ción regular en las instrucciones por escrito debe ser garantizada por el
tiempo de garantía definido en la subsección (b)(2). Una declaración en
dichas instrucciones por escrito para el efecto de “reparar o reemplazar
según sea necesario” no reducirá el tiempo de cobertura de la garantía.
Cualquier pieza reparada o reemplazada en virtud de la garantía debe ser
garantizada por un periodo no inferior al tiempo restante de la garantía.
(3) Cualquier pieza garantizada que está en el calendario para reemplazo
como lo requiere el mantenimiento en las instrucciones por escrito
debe ser garantizada por el tiempo previo al primer punto de reemplazo
programado para esa pieza. Si la pieza falla previa al primer cambio
programado, la pieza debe ser reparada o reemplazada por el fabricante
que expide la garantía. Cualquier pieza reparada o reemplazada en virtud
de la garantía debe ser garantizada por un periodo no inferior al tiempo
al primer punto de reemplazo programado para la pieza.
(4) La reparación o reemplazo de cualquier pieza garantizada en virtud de
las restricciones de la garantía de este artículo debe ser realizada sin
cargo al propietario en la estación de garantía.
(5) No obstante de las restricciones de la subsección (4) anteriormente
citada, los servicios o reparaciones de garantía debe ser proporcionados
en los centros de distribución que son franquiciados para dar servicio a
los motores o equipos sujetos.
(6) No debe haber cargo para el propietario por la mano de obra de diagnóstico
que determina el que una pieza garantizada está defectuosa, siempre y
cuando dicho diagnóstico sea realizado en una estación de garantía.
(7) Durante todo el tiempo de la garantía del sistema de control de emisión
evaporativa fijada en la subsección (b)(2), el fabricante que expide la
garantía debe mantener un suministro suficiente de piezas garantizadas
para cumplir con la demanda esperada para dichas piezas.
(8) Las piezas de repuesto aprobadas por el fabricantes deben ser utilizadas
en la realización de cualquier mantenimiento o reparaciones de garantía
y deben ser proporcionadas sin costo al propietario. Tal uso no reducirá
las obligaciones de la garantía del fabricante que expide la garantía.
(9) El uso de piezas modificadas o añadidas serámotivo para no permitir un
reclamo de la garantí hecho de acuerdo con este artículo. El fabricante
que expide la garantía no será responsable en virtud de este artículo a
garantizar defectos de piezas garantizadas debido al uso de una pieza
modificada o añadida.
(10) El fabricante que expide esta garantía proporcionará todos los documen-
tos que describen los procedimientos o políticas de garantía dentro de
cinco días laborales de la solicitud por la Junta de Recursos Atmosféricos
(Air Resources Board).
LISTA DE PIEZAS DE GARANTÍA DE EMISIÓN:
1) Tanque de combustible
2) Tapa del tanque
3) Mangueras de combustible
4) Receptáculo de carbón
5) Mangueras de vapor
6) Abrazaderas de manguera
7) Conectador de la manguera
8) Válvula de retención de vapor / combustible
Las instrucciones por escrito para el mantenimiento y uso del sistema de control
de emisiones evaporativas por el propietario deben ser facilitadas con cada
equipo pequeño para uso fuera de carreteras nueva.
DECLARACIÓN DE GARANTÍA LIMITADA DE OWT INDUSTRIES, INC. Y REGULACIONES FEDERALES Y DEL ESTADO DE CALIFORNIA
EN RELACIÓN CON LOS SISTEMAS DE CONTROL DE EMISIONES DE EQUIPO NO VEHICULARES Y DE EQUIPO PEQUEÑOS PARA
USO FUERA DE CARRETERAS
LA SIGUIENTE DECLARACIÓN DE LA OFICINA DE RECURSOS ATMOSFÉRICOS DE CALIFORNIA (CARB) SE
APLICA SÓLO A LOS MODELOS OBLIGADOS A CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE DICHO ORGANISMO.