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Normas de la FCC
§ 15.19 (a)(3)
Este dispositivo cumple la parte 15 de las normas de la Comisión Federal de
Comunicaciones (Federal Communications Commission, FCC). El funcionamiento
está sujeto a las siguientes dos condiciones: (1) Este dispositivo no puede
ocasionar interferencias perjudiciales y (2) este dispositivo debe aceptar cualquier
interferencia recibida, incluidas las interferencias que pudieran causar un
funcionamiento incorrecto.
§ 15.21
Cualquier modificación realizada sin la aprobación expresa de la parte responsable
del cumplimiento de las normas podría anular el derecho del usuario a usar el
equipo.
§ 15.105(b)
Este equipo se probó y cumple con los límites de un dispositivo digital Clase B,
conforme a la parte 15 de las normas de la FCC. Estos límites se designaron
para proporcionar una protección razonable contra la interferencia perjudicial en
una instalación residencial. Este equipo genera, usa y puede irradiar energía de
radiofrecuencia y, si no se instala y usa de acuerdo con las instrucciones, puede
causar interferencia perjudicial a las comunicaciones radioeléctricas. No obstante,
no hay garantía de que no se producirá interferencia en una instalación en especial.
Si este equipo causa interferencia perjudicial a la recepción de radio o televisión,
lo cual se puede determinar al apagar y encender el equipo, se insta al usuario a
que intente corregir la interferencia mediante la aplicación de una o más de las
siguientes medidas:
• Reoriente o reubique la antena de recepción.
• Aumente la separación entre el equipo y el receptor.
• Conecte el equipo a un tomacorriente en un circuito diferente al cual está
conectado el receptor.
• Consulte al distribuidor o a un técnico en radio/TV con experiencia para obtener
ayuda.